Comprar en España

La compra de una propiedad en España requiere una serie de trámites legales y administrativos, por lo que nuestro trabajo será acompañarle en todo el proceso de adquisición de su propiedad en España.

‘Desde la definición de su proyecto hasta la firma de la escritura ante el notario para garantizarle una transacción segura en las mejores condiciones.’

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La reserva de la propiedad

Felicidades, has encontrado la propiedad de tus sueños! Por lo tanto, se le pedirá que haga un contrato de arras.

El contrato de arras es un contrato privado entre el comprador y el vendedor, será necesario entregarlo ante notario el día de la compraventa. Normalmente el comprador deberá pagar 10% del precio de venta.

Hay tres tipos de contratos de arras: confirmatorias, penales y penitenciales. En los contratos de compraventa de inmueble se utilizan mayoritariamente las arras penitenciales. Pero ¿qué garantiza el contrato de arras? otorga la posibilidad de desistir del contrato de compraventa, si es el comprador el que desiste perdería la cantidad que ha entregado, sin embargo, si es el vendedor el que desiste deberá pagarle al comprador la cantidad que le entregó por duplicado.

El contrato deberá contener como mínimo:

  • La información personal del vendedor y del comprador
  • La descripción e identificación del inmueble
  • El precio de venta del inmueble
  • El modo de pago
  • El importe que se debe pagar (se restará al importe total)
  • La fecha límite para finalizar la venta
  • El reparto de los gastos del notario
  • Las penalizaciones en caso de desistimiento de una de las dos partes
  • La firma del vendedor y del comprador

Si es extranjero, necesitará obtener previamente el NIE (Número de Identificación Fiscal) para poder realizar la compra del inmueble. El NIE también será necesario para poder abrir una cuenta bancaria. Nuestro departamento legal procederá a la obtención del N.I.E. (Número de Identificación de Extranjeros) y a la apertura de la cuenta bancaria española.

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Financiación

Hay dos opciones disponibles:

O bien se hace a través de un banco en su país de residencia, es más que probable que éste no tome su propiedad como garantía en España. Por lo tanto, tendrá que tener una propiedad en su país de residencia en la que el banco pueda tomar una garantía.

O bien se hace a través de un banco español, el préstamo hipotecario que se le concederá no superará el 80% del valor de tasación oficial de la propiedad. Debe tener una contribución del 20-30%. Es importante señalar que los bancos españoles solamente financian hasta el 80% del valor del inmueble (a parte los gastos del notario) y puede  llegar a ser de un 50% para los no residentes. Por lo tanto, es recomendable pedir una simulación en los bancos para obtener las diferentes ofertas y optar por el que nos ofrezca mejores condiciones.

Tenga en cuenta que si desea obtener un préstamo en un banco español, podemos acompañarle y ponerle en contacto con los bancos asociados.

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Investigación legal

Debe saberse que el notario español no tiene las mismas funciones que en otros países y ocupa un lugar menos importante en el proceso de adquisición de una propiedad.

En efecto, éste no hace ninguna investigación llamada «notarial», su papel será sólo el de autentificar las firmas, la regulación financiera entre las dos partes así como los términos del acuerdo de venta.

El papel de nuestra agencia será «sustituir» al notario durante todo el proceso de compra y realizará numerosas comprobaciones para asegurar su adquisición al 100%.

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Firma de la escritura

La compraventa de la vivienda se formaliza con la firma ante notario; primero, de la hipoteca si la  hubiese, y acto seguido, de la escritura pública de la vivienda.  Por lo tanto, se reúne la parte bancaria, si se firma una hipoteca; el notario,  el comprador, el vendedor y el profesional inmobiliario.

El notario se encargará de verificar que se ha realizado el pago al vendedor.

A continuación será necesario presentar la escritura en el Registro de la Propiedad para notificar el cambio de titularidad, no es un acto obligatorio pero sí que es conveniente ya que el propietario quedará protegido a nivel jurídico.

El día de la firma de la escritura, tendrá que pagar el saldo pendiente y pagar varios impuestos que ascienden a alrededor del 12% del valor de su propiedad: 10% de IVA (ITP),  derechos de registro, y gastos varios (notario, impuesto de timbre…)

Si no desea o no puede estar presente el día del acto, puede redactar un poder notarial que autorice a nuestra agencia a representarle y firmar en su nombre.

Posteriormente, la escritura notarial debe ser inscrita en el registro de la propiedad para confirmar el cambio de propiedad. El acto definitivo se obtendrá entonces en un plazo de 3 a 4 meses.

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Gestión de post-venta

En Emporda Immo, no sólo le vendemos una propiedad, sino que le acompañamos para que se sienta bien depues.

Tras su adquisición, además de activar y/o cambiar los contadores de agua, gas y electricidad, le ofrecemos asistencia gratuita como la suscripción de contratos de seguros, asesoramiento legal…

Saber mas?

Podemos ayudarle a encontrar la mejor solución para su proyecto.

Han podido comprobar que comprar un inmueble en España es un proceso simple si conoce las etapas clave.

Es esencial rodearse de personas de confianza que puedan aconsejarle y acompañarle a lo largo de todo el proceso de compra. En Vivre à Valencia, le proponemos un acompañamiento francófono en todo su proyecto: desde la obtención del NIE hasta la firma en el notario y el pago de los impuestos.

Completa este formulario para que uno de nuestros agentes se ponga en contacto contigo.


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